Amigo Cipión, ¡menuda lección magistral de Derecho nos acabas de dar! Yo creo que todo esto de lo que me hablas sobre la censura y la cercenadura de la libertad de expresión es bastante más simple de lo que nos quieres hacer ver entre tanto principio jurídico, más que nada para que quienes leen nuestros ladríos puedan entender de qué va esto. Tu libertad de expresión termina donde empieza mi derecho al honor y no hay más vueltas que darle. Esas leyes democráticas a las que haces referencia, en tanto que humanas, son imperfectas, útiles, pero imperfectas al fin y al cabo, de ahí la necesidad de que sean los jueces quienes las interpreten para impartir justicia.
La censura bien empleada es una garantía para mantener el orden, para lograr la estabilidad y para consolidar sociedades amenazadas por una libertad de expresión que da rienda suelta al libre albedrío de quienes en sus expresiones no buscan transmitir opinión, sino más bien zaherir al otro en sus sentimientos religiosos, políticos, ideológicos e, incluso, sexuales. Y cuando ese es el caso, el Estado ha de intervenir para asegurar una convivencia pacífica en la que nadie sienta desprotección o indefensión, ¿o acaso no es esa la misión de quienes nos gobiernan y la de quienes sobre el fundamento de la ley han de determinar los límites de la libertad de expresión?
Puede parecer que estoy en contra de este principio fundamental, pero no es así, pues de otro modo no podría estar aquí ladrando mis pareceres al respecto. Me planteas casos extremos en los que los jueces, que también son poseedores de su propia libertad de expresión y de sus pensamientos políticos e ideológicos, pueden hacer una interpretación sesgada de la Ley para defender un derecho individual de un sujeto que atenta contra los derechos individuales de toda una sociedad o el derecho colectivo de todos ellos a una convivencia pacífica que no tolere atentados contra el honor de los ciudadanos. ¿No es este un bien social, como tú lo llamas?
¿Qué habría pasado en el reciente partido de la final de la Copa del Rey si los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado no hubieran retirado las famosas camisetas amarillas y las esteladas? No concibo que un estadio de fútbol sea el escenario idóneo para formular una reivindicación pseudopolítica de tales características. ¿No existe acaso un derecho de manifestación consagrado en nuestra, maltrecha para algunos, Constitución?
Puedo admitir la primera de tus conclusiones, en cuanto la libertad de expresión sirve para limitar el poder del Estado, pero de ella se deriva la siguiente reflexión: un Estado no tiene más poder que aquel que libremente le han atribuido sus ciudadanos, que es en quienes reside la soberanía nacional y quienes libremente le conceden con su voto la capacidad de representarlos en el poder legislativo. Este derecho al voto es el que no admite restricción alguna, ni en el sufragio activo ni en el pasivo. Efectivamente, no existe una sociedad libre sin libertad de expresión, pero tampoco lo sería sin limitaciones que restrinjan el derecho al honor, pues es más peligrosa la reacción de quienes se sienten abandonados por quienes ocupan las instituciones garantes de la defensa de sus derechos que la de aquellos a los que tan solo no se les permita expresar sus opiniones si con ello su única pretensión fuera la de ofenderlos.
La censura bien empleada es una garantía para mantener el orden, para lograr la estabilidad y para consolidar sociedades amenazadas por una libertad de expresión que da rienda suelta al libre albedrío de quienes en sus expresiones no buscan transmitir opinión, sino más bien zaherir al otro en sus sentimientos religiosos, políticos, ideológicos e, incluso, sexuales. Y cuando ese es el caso, el Estado ha de intervenir para asegurar una convivencia pacífica en la que nadie sienta desprotección o indefensión, ¿o acaso no es esa la misión de quienes nos gobiernan y la de quienes sobre el fundamento de la ley han de determinar los límites de la libertad de expresión?
Puede parecer que estoy en contra de este principio fundamental, pero no es así, pues de otro modo no podría estar aquí ladrando mis pareceres al respecto. Me planteas casos extremos en los que los jueces, que también son poseedores de su propia libertad de expresión y de sus pensamientos políticos e ideológicos, pueden hacer una interpretación sesgada de la Ley para defender un derecho individual de un sujeto que atenta contra los derechos individuales de toda una sociedad o el derecho colectivo de todos ellos a una convivencia pacífica que no tolere atentados contra el honor de los ciudadanos. ¿No es este un bien social, como tú lo llamas?
¿Qué habría pasado en el reciente partido de la final de la Copa del Rey si los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado no hubieran retirado las famosas camisetas amarillas y las esteladas? No concibo que un estadio de fútbol sea el escenario idóneo para formular una reivindicación pseudopolítica de tales características. ¿No existe acaso un derecho de manifestación consagrado en nuestra, maltrecha para algunos, Constitución?
Puedo admitir la primera de tus conclusiones, en cuanto la libertad de expresión sirve para limitar el poder del Estado, pero de ella se deriva la siguiente reflexión: un Estado no tiene más poder que aquel que libremente le han atribuido sus ciudadanos, que es en quienes reside la soberanía nacional y quienes libremente le conceden con su voto la capacidad de representarlos en el poder legislativo. Este derecho al voto es el que no admite restricción alguna, ni en el sufragio activo ni en el pasivo. Efectivamente, no existe una sociedad libre sin libertad de expresión, pero tampoco lo sería sin limitaciones que restrinjan el derecho al honor, pues es más peligrosa la reacción de quienes se sienten abandonados por quienes ocupan las instituciones garantes de la defensa de sus derechos que la de aquellos a los que tan solo no se les permita expresar sus opiniones si con ello su única pretensión fuera la de ofenderlos.
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